Objeto | Que los estudiantes de todos los programas académicos de LA UNIVERSIDAD realicen la pasantia en las dependencias del DEPARTAMENTO, como parte de su formación académica con los requisitos previstos en el respectivo plan de estudios, durante lapsos no mayores a seis (6) meses en cada periodo académico , prorrogables de acuerdo a las necesidades del DEPARTAMENTO, adelantando actividades concretas relacionadas con su área de formación, que demanden el ejercicio de su capacidad teórica adquirida en el programa de estudios y que hayan sido concertadas previamente entre las dos instituciones, como apoyo a las labores que se adelantan en el DEPARTAMENTO. |
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