EL CONTRATISTA se obliga con EL CONTRATANTE a colaborar temporalmente en el desarrollo de las actividades de este último, mediante la labor desarrollada por personas naturales, contratadas directamente por EL CONTRATISTA, el cual tiene respecto a ellas el carácter de Empleador. La colaboración es para el suministro de personal en las áreas de ingeniería, operación y mantenimiento, logística, administrativa, servicios entre otros.
Cuantia
$820,156
Vigencia
Este proceso ya no está vigente por antigudad. Lo más probable es que no esté aceptando aplicantes nuevos.