Bloque: priceitemsCódigo UNSPSC | Descripción | Cantidad | Unidad | Precio unitario estimado | Precio unitario |
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78111802 | Servicio de Transporte Terrestre interdepartamental Realizar y garantizar en total treinta y cuatro 34 desplazamientos de transporte terrestre interdepartamental para la delegación de la Liga de Fútbol de salón de Casanare, desde Yopal a Tauramena y regreso, diecisiete 17 servicios por trayecto ida o regreso , para la participación en el II NACIONAL MASCULINO SUB 23. El servicio de Transporte se debe prestar en vehículos automotores de servicio público que cuenten con la documentación exigida por la normatividad y reglamentación vigente, para el transporte de pasajeros interdepartamental y que cumplan con todos los protocolos de bioseguridad. La cantidad podrá variar como consecuencia del flujo de inscripción y participación en el evento. El número de servicios será autorizado por la Liga e Indercas. El contratista debe asumir bajo su absoluta responsabilidad laboral la totalidad de la carga salarial y prestacional de acuerdo con las normas legales vigentes, del personal que se requiera para la ejecución del Contrato. Prestar los servicios de transporte según ESPECIFICACIONES TÉCNICAS detalladas en el presente estudio previo. De acuerdo con el cronograma y fechas establecidas por el organismo deportivo a apoyar e Indercas. Mantener vigente durante la ejecución del contrato las pólizas de seguro obligatorio SOAT, responsabilidad civil contractual y extracontractual RCE por daños a cosas y/o personas y por muerte de personas incluido el conductor, revisión técnico mecánica, licencia del conductor así mismo debe estar en perfectas condiciones mecánicas, eléctricas, de tendido de llantas. Disponer de un parque automotor suficiente para cubrir los recorridos en caso de fallas mecánicas, el tiempo aproximado de respuesta para el cambio de un vehículo por falla mecánica y/o accidente de tránsito no debe superar una 1 hora y este debe ser con iguales características a las estipuladas inicialmente. El contratista debe prever la salida de los vehículos desde la ciudad de origen al destino y regreso de acuerdo con los lineamientos del ministerio de transporte e invias y asegurar que el estado de movilidad durante el viaje sea exitoso y sin percances, para garantizar la participación de la liga en certamen apoyado de acuerdo con las fechas de realización de este. Determinar el cronograma de salida y regreso para la participación en el evento y regreso de este, coordinado con el Indercas y la Liga apoyada de acuerdo con el estado de movilidad de las vías a transitar. Garantizar el manejo de los protocolos de bioseguridad, el distanciamiento social y los protocolos de asepsia para evitar la propagación del virus, respecto a las medidas de emergencia sanitaria vigente, en vehículos con los cuales se prestará el servicio de transporte, de acuerdo con lo dispuesto por el Ministerio de Salud y Ministerio del Transporte Salud y demás instancias del orden nacional, regional, departamental o municipal, que tengan que ver o incidan el tema del servicio. Para el servicio de transporte terrestre el reconocimiento del pago se hará por intermedio del conteo de firmas plasmadas en las planillas de control suministradas por INDERCAS y diligenciadas por el Contratista, en las cuales se detallará claramente la fecha de lo certificado solo se reconocerá una firma por servicio, es decir no se contabilizarán dos o más servicios que presente una sola firma, estén tachados o ilegibles o las firmas no correspondan al titular Una sola persona no podrá firmar por todos . Para las personas que manifiesten no saber firmar se imprimirá las huellas digitales o plantares del beneficiario, en casos eventualmente excepcionales. | 34,00 | UN | 27.000,00 | | 78111808 | Servicio de transporte especial urbano con capacidad para 9 pasajeros por día Servicio de transporte especial urbano con capacidad para 9 pasajeros por día Realizar y garantizar los recorridos en vehículos de Servicio de transporte especial urbano con capacidad para 9 pasajeros por día, para los desplazamientos a prácticas, charlas, partidos, de los deportistas y cuerpo técnico de la delegación de la Liga de Fútbol de Salón de Casanare a los que garantizará la participación en el II NACIONAL MASCULINO SUB 23, en el municipio de Tauramena Casanare en las fechas establecidas por la organización. El servicio de transporte se debe prestar por empresas de servicio especial, que cumplan con la documentación exigida por la normatividad y reglamentación vigente para el transporte de personas a nivel municipal. El servicio de transporte debe incluir los costos de la carga salarial y prestacional del conductor de acuerdo con la normatividad vigente, el mantenimiento y el combustible del vehículo. El vehículo debe contar con las pólizas de seguro obligatorio SOAT, responsabilidad civil contractual y extracontractual RCE por daños a cosas y/o personas y por muerte de personas, revisión técnico mecánica según el caso y demás documentación de ley. Los conductores deben contar con licencia de conducción vigente y experiencia en el manejo de vehículos de transporte. Así mismo, que cumplan con todas las medidas sanitarias y protocolos de bioseguridad vigentes. Los vehículos estarán disponibles 24 horas diarias por cada servicio. El vehículo debe estar en perfectas condiciones mecánicas, eléctricas, de tendido de llantas. En caso de presentarse algún daño en el vehículo o de requerirse su reparación, deberá suministrar transitoriamente otro vehículo en reposición, con las mismas condiciones y características de tal manera que garantice y se mantengan las condiciones iniciales. El contratista debe prever las rutas y recorridos urbanos, de acuerdo a los lineamientos de la secretaria de transporte municipal y asegurar que el estado de movilidad durante los recorridos sea exitoso y sin percances, para garantizar la participación de la delegación en Liga de Fútbol de Salón en el II NACIONAL MASCULINO SUB 23, en la ciudad de Tauramena Casanare. Garantizar el manejo de los protocolos de bioseguridad y el distanciamiento social para evitar la propagación del virus con respecto a las medidas de emergencia sanitaria del COVID 19 vigentes, en vehículos con los cuales se prestará el servicio de transporte, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud y Ministerio del Transporte demás instancias del orden nacional, regional, departamental o municipal, que tengan que ver o incidan el tema del servicio. Los recorridos y las rutas para el servicio de transporte serán determinados y autorizados por el Indercas. | 7,00 | UN | 700.000,00 | | 90101501 | Servicio de alimentación durante del evento para la participación de la Liga de Fútbol de Salón en el II NACIONAL MASCULINO SUB 23. Se tiene previsto de 1 a 17 servicios por cada tiempo de comida desayuno, almuerzo y cena es decir 3 servicios de alimentación para cada participante diarios, durante 7 días para un total de 357 servicios de alimentación, para los días del desarrollo del evento en el municipio de Tauramena. En caso de cambio en la sede o fecha del evento se deberá concertar la nueva sede o fecha con Indercas y la Liga. El número de servicios podrá variar como consecuencia del flujo de inscripción y participación en el evento y serán autorizados por la Liga e Indercas. El servicio de alimentación deberá ser suministrado en sitios que cuenten con licencia sanitaria vigente y demás documentos legales aplicables a esta clase de establecimientos, incluyendo las medidas y protocolos de bioseguridad y asepsia establecidos por la autoridad competente, en este tipo de servicio, especialmente si se presenta rebrote del coronavirus COVID19 u otro virus de similar o más agresivo comportamiento. El servicio de alimentación desayuno, almuerzo y cena deberá ser prestado en vajillas y cubiertos no desechables, se prohíbe utilizar plástico de un solo uso, no biodegradable y el poli estireno expandido, icopor , está prohibición incluye Botellas, cubiertos, vasos, platos, bandejas, pitillos, mezcladores, bolsas y envases para contener o llevar alimentos de consumo inmediato. El servicio de alimentación se prestará de acuerdo con la minuta de alimentación establecido por la liga e Indercas, anexa que hace parte integral de los estudios previos, donde se detalla claramente el grupo, la preparación, los gramos, centímetros cúbicos, cantidad de productos, medida por día, entre otros. Todo el personal que prestará los servicios de alimentación deberá seguir las normas de aseo, higiene y urbanidad exigidas para la manipulación de alimentos El servicio de alimentación debe ser entregado para consumo inmediato, garantizando la existencia de condiciones de infraestructura y calidad en los procesos de compra, almacenamiento, producción y distribución de los alimentos. En los restaurantes o sitios de alimentación se debe garantizar que la entrega del servicio a cada beneficiario no supere los 20 minutos, los cuales son contados a partir de la llegada del usuario beneficiario Los servicios de alimentación no podrán ser prestados con ninguna persona que se sepa o sospeche que padezca de una enfermedad susceptible de transmitirse por los alimentos, o que sea portadora de una enfermedad semejante, o que presente heridas infectadas, irritaciones cutáneas infectadas o diarrea. Los servicios de alimentación no pueden retrasarse para su entrega más de 4 horas contadas desde su elaboración y se deberá conservar la cadena en caliente. Todo el personal que prestará los servicios de alimentación deberá seguir las normas de aseo, higiene y salubridad exigidas para la manipulación de alimentos. Los servicios de alimentación no podrán ser prestados con ninguna persona que se sepa o sospeche que padezca de una enfermedad susceptible de transmitirse por los alimentos, o que sea portadora de una enfermedad semejante, o que presente heridas infectadas, irritaciones cutáneas infectadas o diarrea. Para el servicio de alimentación los horarios para la atención de los usuarios se acordarán con la Liga e Indercas, pero oscilarán como máximo desayuno 5 30 a 9 30 a m, almuerzo 11 30 a.m. a 3 00 p.m. y cena 5 30 a 10 00 p.m. Para el reconocimiento del pago de la alimentación, se hará por intermedio del conteo de firmas plasmadas en las planillas de control suministradas por Indercas y diligenciadas por el Contratista. detallando claramente la fecha de lo certificado, solo se reconocerá una firma por servicio, es decir no se contabilizarán dos o más servicios que presente una sola firma, estén tachados o ilegibles o las firmas no correspondan a titular Una sola persona no podrá firmar por todos , para las personas que manifiesten no saber firmar se imprimirán las huellas digitales o plantares del beneficiario, en casos eventualmente excepcionales, se reconocerá los servicios por intermedio de actas debidamente motivadas, autorizadas, justificadas y firmadas por el Supervisor de lndercas y la organización o liga. Certificación de participación expedida por la organización y certificación de cumplimiento expedida por la Liga. | 357,00 | UN | 14.000,00 | | 53102902 | UNIFORME DE PRESENTACIÓN FORMAL Sudadera costa de pantalón y chaqueta totalmente transferizados, en tela anti fluido de alta calidad, pantalón con bolsillos laterales nombre de Casanare en la parte del muslo pierna derecha adelante, bota recta con cordón y forrada en tela malla chaqueta, forrada en tela malla, con bolsillos laterales marcados con logos institucionales en tetillas logos de Indercas, gobernación, y logo según el evento, en la espalda parte superior nombre de Casanare y bandera todos marcado bordado o transferizados, en tallas desde la XS a la XL y diseño incluido. El diseño y tallas serán aprobados por Indercas. | 17,00 | UN | 200.000,00 | | 53103001 | CAMIBUSO TIPO POLO DE PRESENTACIÓN Camibuso con cuello, en tela pique de poliéster de la alta calidad, totalmente transferizados, con logos institucionales en tetillas Indercas, gobernación, nombre de Casanare en la parte superior de la espalada y bandera de Casanare en recuadro, todos bordados o transferidos, en tallas XS, S, M, XL y el diseño incluido. El diseño y tallas serán aprobados por Indercas. | 17,00 | UN | 58.300,00 | | 53102902 | UNIFORME DE COMPETICIÓN DE FÚTBOL DE SALÓN PARA CABALLERO Juego de uniformes de competición, con diseños y colores diferentes según los equipos, en tela pique de alta calidad, totalmente transferizados, costa de camiseta, pantaloneta y medias con tallas desde la XS a la XL, diseño y tallas aprobadas por Indercas, con el siguiente detalle Camiseta manga corta y cuello en V debidamente numerada en la espalda y el frente Los números de uno a dos dígitos, los de la espalda tendrán un mínimo de 23 cm de altura por 9.5 cm de ancho y un grosor de las líneas de 4.5 cm cada uno los del frente de 8 cm de altura por 5 cm de anchura y un grosor de líneas de 2 cm cada uno marcada en la espalda parte superior, con el nombre de Casanare ó Gobernación, con letras mínimo de 5 cm de altura por 3 cm de anchura y un grosor de líneas de 1 cm cada una al frente lado izquierdo sobre la tetilla Logo de acuerdo al evento de 7 cm por 7 cm aproximadamente, en la manga izquierda Logo de Indercas de 4 cm de alto por 8 de ancho, y manga derecha con dos 2 Logos de la Gobernación de Casanare de 7 cm de alto por 11 cm de ancho. Pantaloneta encauchada con cordón, con forro interior fabricado en tela malla, marcada en una pierna con el mismo número de la camiseta de mínimo 10 cm de altura, por 3 cm de anchura y un grosor de líneas de 1 cm cada número, con el Logo de Indercas del mismo tamaño de la camiseta y el logo por de acuerdo al evento en la otra pierna, de 7 cm de alto por 7 cm de ancho aproximadamente, para hombre. Medias deportivas largas par o dos 2 unidades en material 85% poliéster y 15% algodón, 40 cms de diámetro con resorte de refuerzo, colores y diseño concordantes con la camiseta y pantaloneta. | 24,00 | UN | 87.000,00 | | 53121603 | BOLSO TIPO MORRAL Morral con compartimento principal con cierre en cremallera doble slider, bolsillos frontales con organizador, correas de compresiones ajustables y manija superior. Espaldar ergonómico termo formado y correas acolchadas, con capacidad de 32.22lt y dimensiones Alto 46,5cm x Ancho 33cm x Profundo 21cm, en material exterior lona tipo poliéster de 100%, forro en poliéster de 100% y en tamaño grande, con el nombre de Casanare y numerados bordados en la parte del frente, según modelos aprobados por Indercas. | 17,00 | UN | 186.000,00 | | 49161504 | BALÓN OFICIAL FEDERACIÓN COLOMBIANA DE FUTBOL DE SALÓN FECOLFUTSAL y DIVISIÓN NACIONAL FUTBOL DE SALÓN DFS , Balón de Micro Fútbol o Fútbol de Salón de marca reconocida en el mercado, de superficie lisa, Cubierta en material sintético a base de PVC POLICLORURO DE VINILO , con diseño de cubierta en forma pentagonal y hexagonal, 32 paneles FG , construcción tipo laminado al calor, enmallado en hilo 100% Nylon ducilo, Neumático en caucho butilo, capa esponjosa, bajo la cubierta de cuero sintético, especificaciones técnicas circunferencia 60 62 cm, peso 430 450 g., 9 libras de aire, que a un lanzamiento desde los 2 metros el primer rebote no sobrepase los 30 cm, y el segundo rebote no más de 10 cm, TERRENO TODO TIPO, aprobado por Indercas. | 10,00 | UN | 166.440,00 | | 53111901 | Zapatilla de Fútbol de salón, con suela de caucho planas con estrías sin tacos, que proporcione un agarre excelente, que no permita el deslizamiento del pie y contribuya a mejorar el movimiento y la tracción. El diseño y tallas serán aprobados por Indercas | 12,00 | UN | 243.100,00 | |
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