Saltar al contenido

Voleibol ii clasificatorio abierta - Instituto para la recreación, el deporte, la educación extraescolar y el aprovechamiento del tiempo libre en el departamento de casanare Fuente: Secop 2

Acceso TOTAL desde $25,000. Consulta Planes y Tarifas

Resúmen del Contrato o Licitación

ObjetoPRESTAR LOS SERVICIOS DE APOYO LOGÍSTICO A TODO COSTO PARA LA REALIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE LA LIGA DE VOLEIBOL DE CASANARE EN EL EVENTO DENOMINADO "II PARADA CIRCUITO NACIONAL DE VOLEIBOL PLAYA CLASIFICATORIO A LOS XXII JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES 2023, CATEGORÍA ABIERTA GÉNERO MASCULINO Y FEMENINO A DESARROLLARSE EN LA FECHA ESTABLECIDA POR LA ORGANIZACIÓN
Cuantia$27,557,000
VigenciaEste proceso ya no está vigente por antigudad. Lo más probable es que no esté aceptando aplicantes nuevos.
EntidadINSTITUTO PARA LA RECREACIÓN, EL DEPORTE, LA EDUCACIÓN EXTRAESCOLAR Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE EN EL DEPARTAMENTO DE CASANARE ResúmenBuscar
MunicipioCasanare: Yopal ResúmenBuscar
EstadoConvocado ResúmenBuscar
TipoContratación Mínima Cuantía ResúmenBuscar
Tipo de FechaFecha de Carga en el Sistema ResúmenBuscar
Fecha de Detección2022-06-09 20:59:00
Cód. Secop 2CO1.NTC.2972303
Número del ProcesoINDERCAS-MC-009-2022
Fecha2022-06-09
Última Revisión2022-06-09
Página Oficial del Proceso79 RelacionadosAplicar en SECOP

Entrada No. 1

Estado del ProcesoPresentación de oferta
Fecha y Hora de Cierre del Proceso2022-06-13 17:05:00
Cuantía a Contratar27.557.000 COP
Estado del ContratoPublished
Dirección Física de Entrega de Documentos del ProcesoTransversal 14 No 18-09, Yopal, Casanare, COLOMBIA
Tipo de ProcesoMínima cuantía
Objeto del Contrato"Misión
Somos un instituto del orden departamental, que fomenta los procesos de iniciación y practica deportiva, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre, la educación física y la educación extraescolar, como contribución al desarrollo integral de la persona, para aportar de esta forma al mejoramiento de la calidad de vida de los Casanareños. Visión
Ser en el 2019 una entidad reconocida a nivel departamental y nacional, por su liderazgo y excelencia; con una alta participación y concertación en nuestro medio, que propicie un adecuado desarrollo de la población y de nuestros deportistas."
UNSPSC84131603 - Seguros de daños personales por accidente
78111808 - Alquiler de vehículos
90101501 - Restaurantes
90111501 - Hoteles
80111604 - Necesidades de dotación de personal técnico temporal
53103001 - Camisetas (t-shirts) para hombre
49101702 - Trofeos
49161608 - Balones de voleibol
49161602 - Raquetas de bádminton
84131604 - Seguro de invalidez

Bloque: Resúmen Secop 2

pubdate"9/06/2022 3:59 PM (UTC -5 horas)"

Bloque: priceitems

Código UNSPSCDescripciónCantidadUnidadPrecio unitario estimadoPrecio unitario
78111502Transporte Aéreo Garantizar el desplazamiento de ida y regreso en transporte aéreo de los delegados de la federación Colombiana de Voleibol Director del campeonato e Instructor arbitral para la realización del EVENTO II PARADA CIRCUITO NACIONAL DE VOLEIBOL PLAYA CLASIFICATORIO A LOS XXII JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES 2023 CATEGORÍA ABIERTA GÉNERO MASCULINO Y FEMENINO en la ciudad de Yopal Casanare en las fechas establecidas por la Federación Colombiana de Voleibol junto con su equipaje materiales elementos e implementación deportiva La ruta es de Bogotá Yopal Bogotá saliendo de la ciudad de Bogotá hacia la ciudad de Yopal y regresando de la ciudad de Yopal hacia la ciudad de Bogotá en las fechas establecidas por la organización El servicio se debe prestar por empresas que cumplan con la documentación exigida por la normatividad y reglamentación vigente El transporte aéreo en las rutas establecidas por el Indercas El servicio de transporte aéreo se debe garantizar en horarios flexibles con derecho a equipaje materiales elementos implementación deportiva en bodega e incluido impuestos y tasas aeroportuarias En caso de permutar en alguna ciudad como escala será cubierto por el contratista y el Instituto no se hará responsable de dichos gastos2,00UN640.000,00
78111808Servicio de transporte especial urbano con capacidad para 9 pasajeros por día Realizar y garantizar los recorridos en vehículos de Servicio de transporte especial urbano con capacidad para 9 pasajeros por día para los desplazamientos de los delegados de la federación Colombiana de Voleibol comisión arbitral organizadores delegación de Voleibol de Casanare entre otros que garantizarán la realización del EVENTO II PARADA CIRCUITO NACIONAL DE VOLEIBOL PLAYA CLASIFICATORIO A LOS XXII JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES 2023 CATEGORÍA ABIERTA GÉNERO MASCULINO Y FEMENINO en la ciudad de Yopal Casanare en las fechas establecidas por la Federación Colombiana de Voleibol El servicio de transporte se debe prestar por empresas de servicio especial que cumplan con la documentación exigida por la normatividad y reglamentación vigente para el transporte de personas a nivel municipal El servicio de transporte debe incluir los costos de la carga salarial y prestacional del conductor de acuerdo con la normatividad vigente el mantenimiento y el combustible del vehículo El vehículo debe contar con las pólizas de seguro obligatorio SOAT responsabilidad civil contractual y extracontractual RCE por daños a cosas y o personas y por muerte de personas revisión técnico mecánica según el caso y demás documentación de ley Los conductores deben contar con licencia de conducción vigente y experiencia en el manejo de vehículos de transporte Así mismo que cumplan con todas las medidas sanitarias y protocolos de bioseguridad vigentes Los vehículos estarán disponibles 24 horas diarias por cada servicio El vehículo debe estar en perfectas condiciones mecánicas eléctricas de tendido de llantas En caso de presentarse algún daño en el vehículo o de requerirse su reparación deberá suministrar transitoriamente otro vehículo en reposición con las mismas condiciones y características de tal manera que garantice y se mantengan las condiciones iniciales El contratista debe prever las rutas y recorridos urbanos de acuerdo a los lineamientos de la secretaria de transporte municipal y asegurar que el estado de movilidad durante los recorridos sea exitoso y sin percances para garantizar el desarrollo del EVENTO II PARADA CIRCUITO NACIONAL DE VOLEIBOL PLAYA CLASIFICATORIO A LOS XXII JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES 2023 CATEGORÍA ABIERTA GÉNERO MASCULINO Y FEMENINO en la ciudad de Yopal Casanare en las fechas establecidas por la Federación Colombiana de Voleibol Garantizar el manejo de los protocolos de bioseguridad y el distanciamiento social para evitar la propagación del virus con respecto a las medidas de emergencia sanitaria del COVID 19 vigentes en vehículos con los cuales se prestará el servicio de transporte de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud y Ministerio del Transporte demás instancias del orden nacional regional departamental o municipal que tengan que ver o incidan el tema del servicio Los recorridos y las rutas para el servicio de transporte serán determinadas y autorizados por el Indercas3,00UN700.000,00
90101501Servicio de alimentación Servicio de alimentación El servicio de alimentación Desayuno almuerzo cena según requerimiento del Indercas y la Liga de Voleibol se prestará en la ciudad de Yopal Casanare para el desarrollo del EVENTO II PARADA CIRCUITO NACIONAL DE VOLEIBOL PLAYA CLASIFICATORIO A LOS XXII JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES 2023 CATEGORÍA ABIERTA GÉNERO MASCULINO Y FEMENINO a desarrollarse del 24 al 26 de junio del 2022 para los delegados de la federación Colombiana de Voleibol director del campeonato coordinador arbitral delegación de voleibol playa de Casanare personal voluntariado de apoyo logístico árbitros anotadores entre otros Se tiene previsto de 1 hasta 454 servicios de alimentación desayuno almuerzo o cena los cuales se distribuirán durante el desarrollo del evento El número de servicios será autorizado por el Indercas y la Liga de Voleibol de Casanare Se debe tener en cuenta que el total de servicios podrá disminuir como consecuencia del flujo de inscripción y participación El servicio de alimentación debe ser entregado en restaurante según sea el requerimiento de lndercas y la Liga de Voleibol de Casanare El servicio de alimentación deberá ser suministrado en sitios que cuenten con licencia sanitaria vigente y demás documentos legales aplicables a esta clase de establecimientos incluyendo las medidas de bioseguridad para el manejo de prevención del contagio covid 19 El servicio de alimentación se prestará de acuerdo a la minuta anexa que hace parte integral de los estudios previos donde se detalla claramente el grupo la preparación los gramos centímetros cúbicos cantidad de productos medida por día entre otros Los servicios de alimentación no pueden retrasarse para su entrega más de 4 horas contadas desde su elaboración y se deberá conservar la cadena en caliente Todo el personal que prestará los servicios de alimentación deberá seguir las normas de aseo higiene y urbanidad exigidas para la manipulación de alimentos Los servicios de alimentación no podrán ser prestados con ninguna persona que se sepa o sospeche que padezca de una enfermedad susceptible de transmitirse por los alimentos o que sea portadora de una enfermedad semejante o que presente heridas infectadas irritaciones cutáneas infectadas o diarrea Para el servicio de alimentación los horarios para la atención de los usuarios se acordarán con la Liga de voleibol de Casanare e lndercas pero oscilarán desayuno 5 30 a 9 30 a m almuerzo 11 30 a m a 3 00 p m y cena 5 30 a 10 00 p m Para el reconocimiento del pago de la alimentación se hará por intermedio del conteo de firmas plasmadas en las planillas de control suministradas por lndercas y diligenciadas por el Contratista detallando claramente la fecha de lo certificado solo se reconocerá una firma por servicio es decir no se contabilizarán dos o más servicios que presente una sola firma estén tachados o ilegibles o las firmas no correspondan a titular Una sola persona no podrá firmar por todos para las personas que manifiesten no saber firmar se imprimirán las huellas digitales o plantares del beneficiario en casos eventualmente excepcionales se reconocerá los servicios por intermedio de actas debidamente motivadas autorizadas justificadas y firmadas por el Supervisor de lndercas y la Liga de Voleibol454,00UN12.500,00
90101501Servicio de alojamiento Servicio de alojamiento Garantizar el servicio de alojamiento para los delegados de la federación Colombiana de Voleibol director del campeonato coordinador arbitral comisión arbitral y la delegación de voleibol playa de Casanare entre otros que garantizarán la realización y participación del EVENTO II PARADA CIRCUITO NACIONAL DE VOLEIBOL PLAYA CLASIFICATORIO A LOS XXII JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES 2023 CATEGORÍA ABIERTA GÉNERO MASCULINO Y FEMENINO en la ciudad de Yopal Casanare en las fechas establecidas por la Federación Colombiana de Voleibol Se tiene previsto de 1 hasta 72 servicios de alojamiento los cuales se distribuirán durante el desarrollo del evento dicha cantidad podrá variar como consecuencia del flujo de inscripción y participación en el evento Las fechas y el número de servicios serán autorizados por INDERCAS y la liga de Voleibol de Casanare El servicio de alojamiento debe ser prestado en establecimientos comerciales dedicados al sector hotelero en la ciudad de Yopal Casanare El servicio de alojamiento es en acomodación máximo de dos personas por habitación con baño privado y servicio de televisión En hoteles mínimos de 3 estrellas no se aceptan los denominados residencias o moteles; la distribución de las habitaciones se hará por género y una persona por cama cumpliendo los protocolos de bioseguridad en la fecha determinada por la Federación Colombiana de Voleibol Para el reconocimiento del pago del alojamiento se hará por intermedio del conteo de firmas plasmadas en las planillas de control suministradas por Indercas y diligenciadas por el Contratista detallando claramente la fecha de lo certificado; solo se reconocerá una firma por servicio es decir no se contabilizarán dos o más servicios que presente una sola firma estén tachados o ilegibles o las firmas no correspondan a titular Una sola persona no podrá firmar por todos para las personas que manifiesten no saber firmar se imprimirán las huellas digitales o plantares del beneficiario en casos eventualmente excepcionales se reconocerá los servicios por intermedio de actas debidamente motivadas autorizadas justificadas y firmadas por el Supervisor de Indercas y certificación de cumplimiento expedido por la Liga72,00UN60.000,00
80111604Facilitador Personal de apoyo logístico para fortalecer las actividades de juzgamiento o calificación en las actividades deportivas de Voleibol Playa garantizando honorarios diarios y pago de los aportes parafiscales relativos al sistema de seguridad social salud pensión ARL para el EVENTO II PARADA CIRCUITO NACIONAL DE VOLEIBOL PLAYA CLASIFICATORIO A LOS XXII JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES 2023 CATEGORÍA ABIERTA GÉNERO MASCULINO Y FEMENINO en las fechas establecidas por la organización24,00UN65.000,00
80111604Facilitador Instructor Arbitral Una 1 persona natural designada por la Federación Colombiana de Voleibol como instructor arbitral para eventos nacionales de Voleibol Playa que incluye honorarios por seis 6 días encargado de la coordinación arbitral del EVENTO II PARADA CIRCUITO NACIONAL DE VOLEIBOL PLAYA CLASIFICATORIO A LOS XXII JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES 2023 CATEGORÍA ABIERTA GÉNERO MASCULINO Y FEMENINO en la ciudad de Yopal Casanare en las fechas establecidas por la Federación Colombiana de Voleibol6,00UN137.000,00
53103001Camibuso tipo polo con cuellos en tela pique de poliéster de la alta calidad totalmente transferizados con logos institucionales en tetillas Indercas gobernación nombre de Casanare en la parte superior de la espalada y bandera de Casanare en recuadro todos bordados o transferidos según modelos y tallas XS S M XL aprobadas por Indercas40,00UN58.300,00
49101702Trofeos con diseño Copa fabricados en resina resina epoxi de 40 cm de alto con base de madera de 10 cm de ancho por 10 cm de largo con una altura de 12 cm con placa o lamina sublimadas marcadas con nombre del evento fecha organizador y logos institucionales entre otras según requerimiento representativa de subcampeón de 5 cm de ancho y 7 cm alto Especificaciones y diseños aprobados por INDERCAS2,00UN102.000,00
49101702Trofeos con diseño Copa fabricados en resina resina epoxi de 35 cm de alto con base de madera de 10 cm de ancho por 10 cm de largo con una altura de 12 cm con placa o lamina sublimadas marcadas con nombre del evento fecha organizador y logos institucionales entre otras según requerimiento representativa de subcampeón de 5 cm de ancho y 7 cm alto Especificaciones y diseños aprobados por INDERCAS2,00UN88.000,00
49101702Trofeos con diseño Copa fabricados en resina resina epoxi de 30 cm de alto con base de madera de 10 cm de ancho por 10 cm de largo con una altura de 12 cm con placa o lamina sublimadas marcadas con nombre del evento fecha organizador y logos institucionales entre otras según requerimiento representativa de subcampeón de 5 cm de ancho y 7 cm alto Especificaciones y diseños aprobados por INDERCAS2,00UN77.500,00
49101701Medallas fabricadas en Zamak de 6 centímetros mínimo de diámetro con un grosor de 3 milímetros mínimo troqueladas repujado alto relieve con logos Institucionales y la otra cara troquelada con el nombre del evento fecha y logo con marco con cinta estampada con logos institucionales de 1 5 cm de ancho por 34 cm de larga medallas representativas de oro plata y broce según requerimiento y aprobación por el instituto Especificaciones y diseños aprobados por INDERCAS12,00UN9.000,00
49161608Balón para Voleibol Playa Garantizar la implementación deportiva requerida para el desarrollo del EVENTO II PARADA CIRCUITO NACIONAL DE VOLEIBOL PLAYA CLASIFICATORIO A LOS XXII JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES 2023 CATEGORÍA ABIERTA GÉNERO MASCULINO Y FEMENINO en la ciudad de Yopal Casanare en las fechas establecidas por la Federación Colombiana de Voleibol para lo cual deberán entregar 15 balones profesionales y de alta calidad para competencia de voleibol Playa Balón para Voleibol Playa profesional aprobado por el FIVB y la Federación Colombiana de Voleibol FEDEVOLEI de superficie lisa cubierta en material sintético a base de cuero PU súper suave 18 paneles colores combinados blanco azul rojo construcción tipo cosido a Maquina enmallado en hilo 100% Nylon cámara de aire en caucho butilo capa esponjosa bajo la cubierta de cuero sintético sobresaliente durabilidad excelente suavidad al toque de 66 68 cm de circunferencia de peso 260 280 gr y con presión interior de 171 a 221 mbar marcados con logos del Indercas El reconocimiento del pago se hará con el ingreso de Almacén del INDERCAS15,00UN415.000,00
55121714Pendón publicitario tipo pasacalle en material banner calibre 13 blanco lavable con ojáleles a los lados reforzados medidas de 1 10 M de ancho x 5 M de largo reforzado en los bordes con hasta cinco 5 logos institucionales nombre del evento y modelos según actividad Impresión a full color en policromía a base de tintas UV no tóxicas incluye diseño gráfico personalizado aprobado por Indercas6,00UN250.000,00
84131517Póliza de seguro de accidentes personales para evento Póliza de accidentes personales con una cobertura de 24 horas al día durante su vigencia a todos los deportistas entrenadores jueces personal voluntario de apoyo logístico y organizadores del VENTO II PARADA CIRCUITO NACIONAL DE VOLEIBOL PLAYA CLASIFICATORIO A LOS XXII JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES 2023 CATEGORÍA ABIERTA GÉNERO MASCULINO Y FEMENINO que cubra todos los riesgos derivados de la práctica de actividades físico deportivas traslados entre otros La Póliza debe cubrir los accidentes en el desarrollo del evento en lo referente a las lesiones corporales por cualquier acto violento que provoque una alteración en el estado físico salud del accidentado Pudiéndose considerar como acto violento una caída un golpe un tirón un bloqueo torsión contractura o similares en el desarrollo de los componentes del evento según sus fases Póliza con coberturas mínimas de GASTOS MÉDICOS PRESTACIÓN POR SERVICIO Se entenderá por gastos médicos asistencia médica quirúrgicos hospitalarios odontológica fisioterapia farmacéuticos medicamentos aparatos para movilidad asistida y aquellos necesarios y solicitados por el médico para la atención o curación de las lesiones o heridas producidas por un accidente en el desarrollo de las actividades tales la práctica y entrenamientos autorizados por el comité organizador para lo cual el valor asegurado mínimo de cada persona es de $10 000 000 mediante atención directa en las clínicas de convenio no reembolso dentro de los ciento ochenta 180 días calendario siguientes a la ocurrencia del accidente MUERTE ACCIDENTAL Se entiende por accidente todo suceso imprevisto externo violento visible repentino e independiente de la voluntad del asegurado incluido el homicidio o la tentativa de homicidio y terrorismo para lo cual la se requiere que la aseguradora contratada pague un valor mínimo de $20 000 000 por cada persona asegurada siempre que el suceso ocurra en la vigencia de la póliza y dentro de los ciento ochenta 180 días calendario siguientes a la fecha del mismo MUERTE POR CUALQUIER CAUSA DESMEMBRACIÓN E INHABILITACIÓN bajo el presente amparo reconocerá el 100% al asegurado cuando sufra lesión corporal por accidente ocurrido dentro de la vigencia de la póliza que cause una pérdida funcional o anatómica de uno de sus miembros u órganos así como la pérdida total de la visón de ambos ojos o de ambos miembros superiores brazos o de las dos manos o de ambos miembros inferiores piernas o de los dos pies o de un miembro inferior pierna con una mano o un brazo; pérdida total de uno de los miembros superiores brazos o uno de los miembros inferiores pierna o de una mano o de un pie o por la pérdida del habla; Por la ceguera total de un ojo en caso de que el asegurado ya hubiere tenido ceguera total del otro antes de contratar este seguro; Por la pérdida total de la visión de un ojo; o por la sordera completa de ambos oídos Por la sordera completa de un oído en caso de que el asegurado ya hubiera tenido sordera completa del otro antes de contratar este seguro; Por la sordera completa de un oído; Por la pérdida total del pulgar de una mano; Por la pérdida total de cualquiera de los demás dedos de la mano y por la pérdida total de un dedo del pie El valor asegurado mínimo por cada persona será por un valor de $ 10 000 000 DESAPARECIMIENTO se entiende la desaparición en catástrofes naturales tales como terremotos inundaciones maremotos en rio lago o mar la desaparición como consecuencia del extravío caída explosión naufragio o encalladura de cualquier vehículo por lo cual la Compañía debe pagar al asegurado un valor mínimo de $20 000 000 mediante pago directo no reembolso REHABILITACIÓN INTEGRAL POR INVALIDEZ La Compañía deberá reconocer mediante atención directa en las clínicas de convenio no reembolso dentro del ciento ochenta 180 días calendario siguientes a la ocurrencia del accidente los conceptos requeridos para rehabilitación integral por invalidez cuando dicha invalidez sea consecuencia directa de un accidente amparado en la póliza por los siguientes conceptos Consulta médica especializada Valoración nutricional Valoración por psicología apoyo familiar Manejo por terapia física ocupacional del lenguaje y respiratoria Exámenes de diagnóstico neuro electrofisiológicos Atención grupal de apoyo Orientación familiar Servicio de orientación y ubicación laboral Suministro de insumos para curaciones Terapias respiratoria Y Terapias de rehabilitación física Los gastos de Rehabilitación Integral se deberán pagar directamente a la Clínica que preste los servicios y el valor asegurado mínimo es de $10 000 000 TRASLADOS MÉDICOS DE EMERGENCIA Como consecuencia de una lesión enfermedad súbita o muerte la aseguradora debe adelantar los contactos y hacer la coordinación efectiva para el traslado del paciente hasta la clínica o centro médico más cercano Mediante pago directo No reembolso mínimo por el Valor Asegurado por persona de $5 000 000 AUXILIO FUNERARIO Hace referencia a un auxilio monetario en caso de fallecimiento del asegurado para lo cual el valor mínimo a reconocerse será de $5 000 000 por cada asegurado REEMBOLSO POR REHABILITACIÓN PSICOLÓGICA POR ABUSO SEXUAL La seguradora por cada persona reconocerá un valor mínimo de $10 000 000 por una sola vez por asegurado los gastos por tratamiento psicológico o psiquiátrico debido al acceso carnal violento o abusivo que llegue a sufrir por primera vez dentro de la vigencia del presente seguro RENTA DIARIA POR HOSPITALIZACIÓN La seguradora por cada persona reconocerá una suma diaria por cada día que el asegurado se encuentre internado en la institución hospitalaria o clínica y o en hospitalización domiciliaria como consecuencia de accidente amparado en esta póliza bajo el cuidado de un médico durante la vigencia de la póliza entendiéndose como fecha de siniestro la fecha de ingreso a hospitalización Cuando se trate de hospitalización domiciliaria se deberá acreditar la orden de hospitalización domiciliaria por la prestadora del servicio de salud IPS y el asegurado deberá permanecer en su lugar de domicilio RIESGOS BIOLÓGICOS La seguradora por cada persona reconocerá un valor mínimo de $10 000 000 los gastos médicos derivados de que el asegurado sea contagiado en actividades en el desarrollo del programa Juegos Intercolegiados con microorganismos bacteria virus hongos pandemias etc200,00UN5.500,00

Documentos

Ver DocumentoInformación del Proceso04.ESTUDIO DE COSTOS.pdf-
Ver DocumentoInformación del Proceso05.PRESUPUESTO OFICIAL.pdf-
Ver DocumentoInformación del Proceso06.ESPECIFICACIONES TECNICAS.pdf-
Ver DocumentoInformación del Proceso07.MATRIZ DE RIESGOS.pdf-
Ver DocumentoInformación del Proceso08.MINUTA PATRON.pdf-
Ver DocumentoInformación del Proceso09.CERTIFICADO PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES.pdf-
Ver DocumentoInformación del Proceso12.CDP.pdf-
Ver DocumentoInformación del Proceso13.ESTUDIO PREVIO.pdf-
Ver DocumentoInformación del Proceso14. INVITACION.pdf-
  • ¿Información inconsistente?
  • ¿Sospechas de Corrupción?
  • ¿Viste algo interesante?
  • ¿Hay algo que no entiendes?

Cuéntaselo a alguién!