Bloque: priceitemsCódigo UNSPSC | Descripción | Cantidad | Unidad | Precio unitario estimado | Precio unitario |
---|
90101501 | Servicio de alimentación Campamento Juvenil Departamental El servicio de alimentación desayuno, almuerzo y cena se prestará en la ciudad de Tamara Casanare, para la realización del Campamento Juvenil Departamental a realizarse del 20 al 22 de diciembre del presente año. Se tiene previsto la prestación de 1 hasta 1351 servicios de alimentación, los cuales se distribuirán alrededor de 3 días, es decir, 7 servicios por participante; con promedio desde 1 a 193 servicios por cada tiempo de comida desayuno, almuerzo o cena El número de servicios será autorizado por el indercas, Los servicios de alimentación deben ser entregado en restaurante, según sea el requerimiento del Indercas. Se debe tener en cuenta que el total de servicios podrá disminuir como consecuencia del flujo de inscripción y participación. Los servicios de alimentación no pueden retrasarse para su entrega más de 4 horas contadas desde su elaboración y se deberá conservar la cadena en caliente Todo el personal que prestará los servicios de alimentación deberá seguir las normas de aseo, higiene y urbanidad exigidas para la manipulación de alimentos Los servicios de alimentación, no podrán ser prestados con ninguna persona que se sepa o sospeche que padezca de una enfermedad susceptible de transmitirse por los alimentos, o que sea portadora de una enfermedad semejante, o que presente heridas infectadas, irritaciones cutáneas infectadas o diarrea. Para el servicio de alimentación desayuno, almuerzo y cena los horarios para la atención de los usuarios se acordarán con e Indercas, pero oscilarán: desayuno 5.30 a 8.00 a.m.; almuerzo 12.00 a.m. a 1.30 p.m. y cena: 6.00 a 8.00 p.m. El servicio de alimentación desayuno, almuerzo, cena deberá ser prestado en vajillas y cubiertos no desechables, se prohíbe utilizar plástico de un solo uso, no biodegradable y el poliestireno expandido, icopor está prohibición incluye: Botellas, cubiertos, vasos, platos, bandejas, pitillos, mezcladores, bolsas y envases para contener o llevar alimentos de consumo inmediato Garantizar el manejo de los protocolos de bioseguridad, el distanciamiento social y los protocolos de asepsia para evitar la propagación del virus, respecto a la emergencia sanitaria del COVID19, en los lugares donde prestará el servicio de alimentación, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud y Ministerio del Deporte Salud y demás instancias del orden nacional, regional, departamental o municipal, que tengan que ver o incidan en el desarrollo del certamen Para el reconocimiento del pago del alimentación se hará por intermedio del conteo de firmas plasmadas en las planillas de control suministradas por Indercas y diligenciadas por el Contratista, detallando claramente la fecha de lo certificado solo se reconocerá una firma por servicio, es decir no se contabilizarán dos o más servicios que presente una sola firma, estén tachados o ilegibles o las firmas no correspondan a titular Una sola persona no podrá firmar por todos para las personas que manifiesten no saber firmar se imprimirán las huellas digitales o plantares del beneficiario, en casos eventualmente excepcionales, se reconocerá los servicios por intermedio de actas debidamente motivadas, autorizadas, justificadas y firmadas por el Supervisor de Indercas y o la organización, Certificación de participación expedida por la organización. | 1.351,00 | UN | 12.500,00 | | 90101501 | Servicio de alimentación de compensación se prestará en la ciudad de Tamara Casanare, para la realización del Campamento Juvenil Departamental a realizarse del 20 al 22 de diciembre del presente año. Se tiene previsto la prestación de 1 hasta 965 servicios de alimentación de compensación, los cuales se distribuirán alrededor de 3 días, es decir, 5 servicios por participante; 2 servicios diarios, con promedio desde 1 a 193 servicios por cada tiempo de servicio en la mañana y en la tarde. El número de servicios será autorizado por el indercas, para los días 20 al 22 de diciembre del presente año. Los servicios de alimentación debe ser entregado en restaurante, según sea el requerimiento del Indercas. Se debe tener en cuenta que el total de servicios podrá disminuir como consecuencia del flujo de inscripción y participación. Los servicios de alimentación no pueden retrasarse para su entrega más de 4 horas contadas desde su elaboración y se deberá conservar la cadena en caliente Todo el personal que prestará los servicios de alimentación deberá seguir las normas de aseo, higiene y urbanidad exigidas para la manipulación de alimentos Los servicios de alimentación, no podrán ser prestados con ninguna persona que se sepa o sospeche que padezca de una enfermedad susceptible de transmitirse por los alimentos, o que sea portadora de una enfermedad semejante, o que presente heridas infectadas, irritaciones cutáneas infectadas o diarrea. Para el servicio de alimentación de compensación los horarios para la atención de los usuarios se acordarán con Indercas, pero oscilarán: en la mañana de 10 00 a 10 30 am en la tarde 330 a 400 pm El servicio de alimentación de compensación deberá ser prestado en vajillas y cubiertos no desechables, se prohíbe utilizar plástico de un solo uso, no biodegradable y el poliestireno expandido, icopor, está prohibición incluye: Botellas, cubiertos, vasos, platos, bandejas, pitillos, mezcladores, bolsas y envases para contener o llevar alimentos de consumo inmediato Garantizar el manejo de los protocolos de bioseguridad, el distanciamiento social y los protocolos de asepsia para evitar la propagación del virus, respecto a la emergencia sanitaria del COVID19, en los lugares donde prestará el servicio de alimentación, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud y Ministerio del Deporte Salud y demás instancias del orden nacional, regional, departamental o municipal, que tengan que ver o incidan en el desarrollo del certamen Para el reconocimiento del pago de la alimentación de compensación, se hará por intermedio del conteo de firmas plasmadas en las planillas de control suministradas por Indercas y diligenciadas por el Contratista, detallando claramente la fecha de lo certificado; solo se reconocerá una firma por servicio, es decir no se contabilizarán dos o más servicios que presente una sola firma, estén tachados o ilegibles o las firmas no correspondan a titular Una sola persona no podrá firmar por todos, para las personas que manifiesten no saber firmar se imprimirán las huellas digitales o plantares del beneficiario, en casos eventualmente excepcionales, se reconocerá los servicios por intermedio de actas debidamente motivadas, autorizadas, justificadas y firmadas por el Supervisor de Indercas y o la organización, Certificación de participación expedida por la organización. | 965,00 | UN | 7.550,00 | | | 4,00 | UN | 309.000,00 | | |
|
|