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Campamento fecha respectivamente - Instituto para la recreación, el deporte, la educación extraescolar y el aprovechamiento del tiempo libre en el departamento de casanare Fuente: Secop 2

Acceso TOTAL desde $25,000. Consulta Planes y Tarifas Iniciar Sesión

Resúmen del Contrato o Licitación

ObjetoPRESTAR LOS SERVICIOS LOGÍSTICOS PARA LA REALIZACION DEL CAMPAMENTO JUVENIL DEPARTAMENTAL Y PARTICIPACION EN EL CAMPAMENTO JUVENIL NACIONAL A REALIZARSE EN EL LUGAR Y FECHA ESTABLECIDA POR LA ORGANIZACIÓN RESPECTIVAMENTE
Cuantia$23,079,500
VigenciaProceso asignado o cerrado. No se aceptan nuevos aplicantes.
EntidadINSTITUTO PARA LA RECREACIÓN, EL DEPORTE, LA EDUCACIÓN EXTRAESCOLAR Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE EN EL DEPARTAMENTO DE CASANARE ResúmenBuscar
MunicipioCasanare: Yopal ResúmenBuscar
EstadoDescartado ResúmenBuscar
TipoContratación Mínima Cuantía ResúmenBuscar
Tipo de FechaFecha de Carga en el Sistema ResúmenBuscar
Fecha de Detección2021-12-02 14:14:00
Cód. Secop 2CO1.NTC.2434826
Número del ProcesoINDERCAS-MC-022-2021
Fecha2021-12-02
Última Revisión2021-12-13
Página Oficial del Proceso1 RelacionadoAplicar en SECOP

Entrada No. 1

Estado del ProcesoPresentación de oferta
Fecha y Hora de Cierre del Proceso2021-12-03 17:00:00
Cuantía a Contratar23.079.500 COP
Estado del ContratoCanceled
Dirección Física de Entrega de Documentos del ProcesoTrasversal 18 No 14-09, Yopal, Casanare, COLOMBIA
Tipo de ProcesoMínima cuantía
Objeto del ContratoMisión
Somos un instituto del orden departamental, que fomenta los procesos de iniciación y practica deportiva, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre, la educación física y la educación extraescolar, como contribución al desarrollo integral de la persona, para aportar de esta forma al mejoramiento de la calidad de vida de los Casanareños. Visión
Ser en el 2019 una entidad reconocida a nivel departamental y nacional, por su liderazgo y excelencia; con una alta participación y concertación en nuestro medio, que propicie un adecuado desarrollo de la población y de nuestros deportistas.
UNSPSC90101501 - Restaurantes
78111808 - Alquiler de vehículos
78111802 - Servicios de buses con horarios programados

Bloque: priceitems

Código UNSPSCDescripciónCantidadUnidadPrecio unitario estimadoPrecio unitario
90101501Servicio de alimentación: Campamento Juvenil Departamental El servicio de alimentación se prestará en la ciudad de Tamara Casanare, para la realización del Campamento Juvenil Departamental a realizarse del 10 al 12 de diciembre del presente año. Los servicios se prestarán a partir del día 10 de diciembre hasta el día 12 de diciembre del presente año en el municipio de Tamara Se tiene previsto la prestación de 1 hasta 1.400 servicios de alimentación, los cuales se distribuirán alrededor de 3 días, con promedio desde 1 a 200 servicios por cada tiempo de comida desayuno, almuerzo o cena. El número de servicios será autorizado por el indercas, iniciando con el almuerzo del dia 10 de diciembre y terminando con el almuerzo del dia 12 de diciembre del presente año Los servicios de alimentación deben ser entregado en restaurante, según sea el requerimiento del Indercas. Se debe tener en cuenta que el total de servicios podrá disminuir como consecuencia del flujo de inscripción y participación. Los servicios de alimentación no pueden retrasarse para su entrega más de 4 horas contadas desde su elaboración y se deberá conservar la cadena en caliente Todo el personal que prestará los servicios de alimentación deberá seguir las normas de aseo, higiene y urbanidad exigidas para la manipulación de alimentos Los servicios de alimentación, no podrán ser prestados con ninguna persona que se sepa o sospeche que padezca de una enfermedad susceptible de transmitirse por los alimentos, o que sea portadora de una enfermedad semejante, o que presente heridas infectadas, irritaciones cutáneas infectadas o diarrea. Para el servicio de alimentación los horarios para la atención de los usuarios se acordarán con Indercas de Casanare e Indercas, pero oscilarán: desayuno 5.30 a 9.30 a.m.; almuerzo 11 30 am a 3 00 p m y cena 5 30 a 1000 p m El servicio de alimentación desayuno, almuerzo y cena deberá ser prestado en vajillas y cubiertos no desechables, se prohíbe utilizar plástico de un solo uso, no biodegradable y el poliestireno expandido, icopor, está prohibición incluye: Botellas, cubiertos, vasos, platos, bandejas, pitillos, mezcladores, bolsas y envases para contener o llevar alimentos de consumo inmediato Garantizar el manejo de los protocolos de bioseguridad, el distanciamiento social y los protocolos de asepsia para evitar la propagación del virus, respecto a la emergencia sanitaria del COVID-19, en los lugares donde prestará el servicio de alimentación, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud y Ministerio del Deporte Salud y demás instancias del orden nacional, regional, departamental o municipal, que tengan que ver o incidan en el desarrollo del certamen Para el reconocimiento del pago del alimentación, se hará por intermedio del conteo de firmas plasmadas en las planillas de control suministradas por Indercas y diligenciadas por el Contratista, detallando claramente la fecha de lo certificado solo se reconocerá una firma por servicio, es decir no se contabilizarán dos o más servicios que presente una sola firma, estén tachados o ilegibles o las firmas no correspondan a titular Una sola persona no podrá firmar por todos, para las personas que manifiesten no saber firmar se imprimirán las huellas digitales o plantares del beneficiario, en casos eventualmente excepcionales, se reconocerá los servicios por intermedio de actas debidamente motivadas, autorizadas, justificadas y firmadas por el Supervisor de Indercas y o la organización, Certificación de participación expedida por la organización1.400,00UN12.500,00
90101501Servicio de alimentación: Campamento Juvenil Nacional El servicio de alimentación se prestará en la ruta Yopal a Manizales Caldas y viceversa, para la participación en el Campamento Juvenil Nacional a realizarse del 14 al 17 de diciembre del presente año Se tiene previsto la prestación de 1 hasta 56 servicios de alimentación, los cuales se distribuirán alrededor de 4 servicios de ida y 4 servicios de regreso para 7 personas miembros de la delegación, por cada tiempo de comida desayuno, almuerzo o cena. El número de servicios será autorizado por el indercas, se dispone de 4 servicios de ida y 4 servicios de regreso por las distancia a recorrer en el viaje y los diferentes problemas en las vias para la movilidad se podrían entrenar desayuno, almuerzo, cena y desayuno Los servicios de alimentación deben ser entregado en restaurante, según sea el requerimiento del Indercas. Se debe tener en cuenta que el total de servicios podrá disminuir como consecuencia del flujo de inscripción y participación. Los servicios de alimentación no pueden retrasarse para su entrega más de 4 horas contadas desde su elaboración y se deberá conservar la cadena en caliente Todo el personal que prestará los servicios de alimentación deberá seguir las normas de aseo, higiene y urbanidad exigidas para la manipulación de alimentos Los servicios de alimentación, no podrán ser prestados con ninguna persona que se sepa o sospeche que padezca de una enfermedad susceptible de transmitirse por los alimentos, o que sea portadora de una enfermedad semejante, o que presente heridas infectadas, irritaciones cutáneas infectadas o diarrea. Para el servicio de alimentación los horarios para la atención de los usuarios se acordarán con Indercas de Casanare e Indercas, pero oscilarán: desayuno 5.30 a 9.30 a.m.; almuerzo 11 30 a m a 3 00 p m y cena 5 30 a 10 00 p m El servicio de alimentación desayuno, almuerzo y cena deberá ser prestado en vajillas y cubiertos no desechables, se prohíbe utilizar plástico de un solo uso, no biodegradable y el poliestireno expandido, icopor, está prohibición incluye: Botellas, cubiertos, vasos, platos, bandejas, pitillos, mezcladores, bolsas y envases para contener o llevar alimentos de consumo inmediato Garantizar el manejo de los protocolos de bioseguridad, el distanciamiento social y los protocolos de asepsia para evitar la propagación del virus, respecto a la emergencia sanitaria del COVID-19, en los lugares donde prestará el servicio de alimentación, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud y Ministerio del Deporte Salud y demás instancias del orden nacional, regional, departamental o municipal, que tengan que ver o incidan en el desarrollo del certamen Para el reconocimiento del pago del alimentación, se hará por intermedio del conteo de firmas plasmadas en las planillas de control suministradas por Indercas y diligenciadas por el Contratista, detallando claramente la fecha de lo certificado; solo se reconocerá una firma por servicio, es decir no se contabilizarán dos o más servicios que presente una sola firma, estén tachados o ilegibles o las firmas no correspondan a titular Una sola persona no podrá firmar por todos, para las personas que manifiesten no saber firmar se imprimirán las huellas digitales o plantares del beneficiario, en casos eventualmente excepcionales, se reconocerá los servicios por intermedio de actas debidamente motivadas, autorizadas, justificadas y firmadas por el Supervisor de Indercas y o la organización, Certificación de participación expedida por la organización56,00UN12.500,00
78111808Servicio camioneta o similar para el campamento Juvenil departamental con cilindraje desde 1 300 cc hasta 1 999 cc, modelo 2017 EN ADELANTE, por 3 días, el costo incluyendo mantenimiento, conductor y combustible, alojamiento y alimentación en caso de requerirlo. Las características de la camioneta debe ser clase servicio público, con doble cabina, full equipo Según la programación y la planeación del evento, entregado previamente por Indercas documentos de ley vigentes Cubrir rutas Yopal Tamara interno en Tamara y Regreso a Yopal, para personal y logística para el personal del evento. El servicio se debe prestar bajos las medidas y protocolos de bioseguridad para el manejo de prevención del contagio covid-19 El contratista debe asumir bajo su absoluta responsabilidad laboral la totalidad de la carga salarial y prestacional de acuerdo con las normas legales vigentes, del personal que se requiera para la ejecución del Contrato. Prestar los servicios de transporte según ESPECIFICACIONES TÉCNICAS detalladas en el presente estudio previo. De acuerdo al cronograma y fechas establecidas por eL INDERCAS. Mantener vigente durante la ejecución del contrato las pólizas de seguro obligatorio SOAT, responsabilidad civil contractual y extracontractual RCE por daños a cosas y o personas y por muerte de personas incluido el conductor, revisión técnico mecánica, licencia del conductor así mismo debe estar en perfectas condiciones mecánicas, eléctricas, de tendido de llantas, aseo y presentación. Disponer de un parque automotor suficiente para cubrir los recorridos en caso de fallas mecánicas, el tiempo aproximado de respuesta para el cambio de un vehículo por falla mecánica y o accidente de tránsito no debe superar una 1 hora y este debe ser con iguales características a las estipuladas inicialmente. Garantizar el manejo de los protocolos de bioseguridad, el distanciamiento social y los protocolos de asepsia para evitar la propagación del virus, respecto a la emergencia sanitaria del COVID 19, en vehículos con los cuales se prestará el servicio de transporte, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud y Ministerio del Transporte Salud y demás instancias del orden nacional, regional, departamental o municipal, que tengan que ver o incidan el tema del servicio Para el servicio de transporte terrestre alquiler de camioneta el reconocimiento del pago se hará por intermedio de la planilla de recorridos o control y presentación de los documentos de cuerdo a la legislación vigente para a prestación de servicio publico4,00UN309.000,00
78111803Servicio de Transporte Terrestre interdepartamental Realizar Catorce 14 desplazamientos de transporte interdepartamental para la delegación de campamentos juveniles del departamento de Casanare, desde la ciudad de Yopal a la ciudad de Manizales Caldas, Siete 7 por trayecto, para la participación en el CAMPAMENTO JUVENIL DEPARTAMENTAL 2021 El servicio se debe prestar por empresas de servicio público, que cumplan con la documentación exigida por la normatividad y reglamentación vigente. Para el transporte de personal a nivel interdepartamental. El servicio se debe prestar bajos las medidas y protocolos de bioseguridad para el manejo de prevención del contagio Covid 19 El contratista debe asumir bajo su absoluta responsabilidad laboral la totalidad de la carga salarial y prestacional de acuerdo con las normas legales vigentes, del personal que se requiera para la ejecución del Contrato. Prestar los servicios de transporte según ESPECIFICACIONES TÉCNICAS detalladas en el presente estudio previo. De acuerdo al cronograma y fechas establecidas por eL INDERCAS. Mantener vigente durante la ejecución del contrato las pólizas de seguro obligatorio SOAT, responsabilidad civil contractual y extracontractual RCE por daños a cosas y o personas y por muerte de personas incluido el conductor, revisión técnico mecánica, licencia del conductor; así mismo debe estar en perfectas condiciones mecánicas, eléctricas, de tendido de llantas, aseo y presentación. Disponer de un parque automotor suficiente para cubrir los recorridos en caso de fallas mecánicas, el tiempo aproximado de respuesta para el cambio de un vehículo por falla mecánica y o accidente de tránsito no debe superar una 1 hora y este debe ser con iguales características a las estipuladas inicialmente. El contratista debe preveer la salida de los vehículos desde Yopal a Manizales de acuerdo a los lineamientos del ministerio de transporte e invias y asegurar que el estado de movilidad durante el viaje sea exitoso y sin percances, para garantizar la participación de la delegación de Casanare de Campamentos Juveniles en el CAMPAMENTO JUVENIL Nacional de acuerdo a las fechas del evento Determinar el cronograma de salida y regreso para la participación en el evento antes mencionado, coordinado con el Indercas, de acuerdo al estado de movilidad en las vías en la ruta Yopal Manizales y viceversa Garantizar el manejo de los protocolos de bioseguridad, el distanciamiento social y los protocolos de asepsia para evitar la propagación del virus, respecto a la emergencia sanitaria del COVID 19, en vehículos con los cuales se prestará el servicio de transporte, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud y Ministerio del Transporte Salud y demás instancias del orden nacional, regional, departamental o municipal, que tengan que ver o incidan el tema del servicio Para el servicio de transporte terrestre el reconocimiento del pago se hará por intermedio del conteo de firmas plasmadas en las planillas de control suministradas por INDERCAS y diligenciadas por el Contratista, en las cuales se detallará claramente la fecha de lo certificado; solo se reconocerá una firma por servicio, es decir no se contabilizarán dos o más servicios que presente una sola firma, estén tachados o ilegibles o las firmas no correspondan al titular Una sola persona no podrá firmar por todos. Para las personas que manifiesten no saber firmar se imprimirá las huellas digitales o plantares del beneficiario, en casos eventualmente excepcionales7,00UN520.500,00

Documentos

Ver DocumentoInformación del Proceso003. ESTUDIO DE COSTOS F23AL27 .pdf-
Ver DocumentoInformación del Proceso004. PRESUPUESTO OFICIAL F28AL30 .pdf-
Ver DocumentoInformación del Proceso005. ESPECIFICACIONES TECNICAS F31AL32 .pdf-
Ver DocumentoInformación del Proceso006. MINUTA DE PATRON F33AL36 .pdf-
Ver DocumentoInformación del Proceso007. MATRIZ DE RIESGO F37 .pdf-
Ver DocumentoInformación del Proceso008. ANALISIS DEL SECTOR F38AL41 .pdf-
Ver DocumentoInformación del Proceso013. CDP F49AL50 .pdf-
Ver DocumentoInformación del ProcesoESTUDIO PREVIO F51AL57 .pdf-
Ver DocumentoInformación del ProcesoINVITACION-MC-022-2021.pdf-
Ver DocumentoInformación del ProcesoGeneral-
Ver DocumentoInformación del ProcesoPreliminaryReport-
Ver DocumentoInformación del ProcesoGeneral-
Ver DocumentoInformación del ProcesoPreliminaryReport-
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