Bloque: priceitemsCódigo UNSPSC | Descripción | Cantidad | Unidad | Precio unitario estimado | Precio unitario |
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90101501 | Servicio de alimentacion El servicio de alimentacion se prestara en la ciudad de Pereira Risaralda, para la participación de la liga Casanareña de porrismo en el V CAMPEONATO NACIONAL INTERLIGAS 2021 Y PRIMER CLASIFICATORIO A JUEGOS NACIONALES DEL EJECAFETERO 2023, A REALIZARSE LOS DIAS 12 Y 13 DE NOVIEMBRE DE 2021. Los servicios se prestarán a partir del día 12 de noviembre hasta el día 13 de noviembre del presente año El servicio de alimentación debe ser entregado en restaurante, segun sea el requerimiento de la Liga Casanareña de Porrismo El servicio de alimentación debera ser suministrado en sitios que cuenten con licencia sanitaria vigente y demás documentos legales aplicables a esta clase de establecimientos, incluyendo las medidas de bioseguridad para el manejo de prevención del contagio covid-19 El servicio de alimentación se prestará de acuerdo a la minuta de alimentación establecido por la liga e Indercas, anexa y que hace parte integrar de los estudios previos, donde se detalla claramente el grupo, la preparación, los gramos, centímetros cúbicos, cantidad de productos, medida por día, entre otros. Se tiene previsto la prestación de 1 hasta 162 servicios de alimentación, los cuales se distribuirán alrededor de 2 días, con promedio desde 1 a 27 servicios por cada tiempo de comida (desayuno, almuerzo o cena). El número de servicios será autorizado por la liga Casanareña de Porrismo e Indercas. Se debe tener en cuenta que el total de servicios podrá disminuir como consecuencia del flujo de inscripción y participación. Los servicios de alimentación no pueden retrasarse para su entrega más de 4 horas contadas desde su elaboración y se deberá conservar la cadena en caliente Todo el personal que prestará los servicios de alimentación deberá seguir las normas de aseo, higiene y urbanidad exigidas para la manipulación de alimentos Los servicios de alimentación, no podrán ser prestados con ninguna persona que se sepa o sospeche que padezca de una enfermedad susceptible de transmitirse por los alimentos, o que sea portadora de una enfermedad semejante, o que presente heridas infectadas, irritaciones cutáneas infectadas o diarrea. Para el servicio de alimentación los horarios para la atención de los usuarios se acordarán con la Liga de Porrismo de Casanare e Indercas, pero oscilarán: desayuno 5.30 a 9.30 a.m.; almuerzo 11.30 a.m. a 3.00 p.m. y cena: 5.30 a 10.00 p.m. El servicio de alimentación (desayuno, almuerzo y cena) deberá ser prestado en vajillas y cubiertos no desechables, se prohíbe utilizar plástico de un solo uso, no biodegradable y el poliestireno expandido, (icopor), está prohibición incluye: Botellas, cubiertos, vasos, platos, bandejas, pitillos, mezcladores, bolsas y envases para contener o llevar alimentos de consumo inmediato Garantizar el manejo de los protocolos de bioseguridad, el distanciamiento social y los protocolos de asepsia para evitar la propagación del virus, respecto a la emergencia sanitaria del COVID-19, en los lugares donde prestará el servicio de alimentación, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud y Ministerio del Deporte Salud y demás instancias del orden nacional, regional, departamental o municipal, que tengan que ver o incidan en el desarrollo del certamen Para el reconocimiento del pago del alimentación, se hará por intermedio del conteo de firmas plasmadas en las planillas de control suministradas por Indercas y diligenciadas por el Contratista, detallando claramente la fecha de lo certificado; solo se reconocerá una firma por servicio, es decir no se contabilizarán dos o más servicios que presente una sola firma, estén tachados o ilegibles o las firmas no correspondan a titular (Una sola persona no podrá firmar por todos), para las personas que manifiesten no saber firmar se imprimirán las huellas digitales o plantares del beneficiario, en casos eventualmente excepcionales, se reconocerá los servicios por intermedio de actas debidamente motivadas, autorizadas, justificadas y firmadas por el Supervisor de Indercas y la organización o liga, Certificación de participación expedida por la organización y certificación de cumplimiento expedida por la liga | 162,00 | UN | 12.500,00 | | 78111802 | Servicio de Transporte Terrestre interdepartamental Realizar Cincuenta y Cuatro 54 desplazamientos de transporte interdepartamental para la delegación de la liga Caanareña de porrismo, desde la ciudad de Yopal a la ciudad de Pereira Risaralda y regreso, Veintisiete 27 personas por trayecto, para la participación en el V CAMPEONATO NACIONAL INTERLIGAS 2021 Y PRIMER CLASIFICATORIO A JUEGOS NACIONALES DEL EJECAFETERO 2023 El servicio se debe prestar por empresas de servicio público, que cumplan con la documentación exigida por la normatividad y reglamentación vigente. Para el transporte de personal a nivel interdepartamental. El servicio se debe prestar bajos las medidas y protocolos de bioseguridad para el manejo de prevención del contagio covid19 El contratista debe asumir bajo su absoluta responsabilidad laboral la totalidad de la carga salarial y prestacional de acuerdo con las normas legales vigentes, del personal que se requiera para la ejecución del Contrato. Prestar los servicios de transporte según ESPECIFICACIONES TÉCNICAS detalladas en el presente estudio previo. De acuerdo al cronograma y fechas establecidas por la Liga de Porrismo e INDERCAS. Mantener vigente durante la ejecución del contrato las polizas de seguro obligatorio SOAT, responsabilidad civil contractual y extracontractual RCE por daños a cosas y/o personas y por muerte de personas incluido el conductor, revisión técnico mecánica, licencia del conductor; así mismo debe estar en perfectas condiciones mecánicas, eléctricas, de tendido de llantas, aseo y presentación. Disponer de un parque automotor suficiente para cubrir los recorridos en caso de fallas mecánicas, el tiempo aproximado de respuesta para el cambio de un vehículo por falla mecánica y/o accidente de tránsito no debe superar una 1 hora y este debe ser con iguales características a las estipuladas inicialmente. El contratista debe preveer la salida de los vehículos desde Yopal a Pereira Risaralda y Viceversa, de acuerdo a los lineamientos del ministerio de transporte e invias y asegurar que el estado de movilidad durante el viaje sea exitoso y sin percances, para garantizar la participación de la liga Casanareña de Porrismo en el V CAMPEONATO NACIONAL INTERLIGAS 2021 Y PRIMER CLASIFICATORIO A JUEGOS NACIONALES DEL EJECAFETERO 2023, de acuerdo a las fechas del evento Determinar el cronograma de salida y regreso para la participación en el evento antes mencionado, coordinado con el Indercas y la Liga de Porrismo, de acuerdo al estado de movilidad en las vías en la ruta Yopal Pereira y Viceversa Garantizar el manejo de los protocolos de bioseguridad, el distanciamiento social y los protocolos de asepsia para evitar la propagación del virus, respecto a la emergencia sanitaria del COVID19, en vehículos con los cuales se prestará el servicio de transporte, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud y Ministerio del Tranporte Salud y demás instancias del orden nacional, regional, departamental o municipal que tengan que ver o incidan el tema del servicio Para el servicio de transporte terrestre el reconocimiento del pago se hará por intermedio del conteo de firmas plasmadas en las planillas de control suministradas por INDERCAS y diligenciadas por el Contratista, en las cuales se detallará claramente la fecha de lo certificado; solo se reconocerá una firma por servicio, es decir no se contabilizarán dos o más servicios que presente una sola firma, estén tachados o ilegibles o las firmas no correspondan al titular Una sola persona no podrá firmar por todos. Para las personas que manifiesten no saber firmar se imprimirá las huellas digitales o plantares del beneficiario, en casos eventualmente excepcionales | 27,00 | UN | 360.550,00 | | 90111501 | Servicio de alojamiento Prestar el Servicio de alojamiento en establecimientos comerciales dedicados al sector hotelero, el cual se prestará en la ciudad de Pereira Risaralda en acomodación máximo dos personas por habitación con baño privado y servicio de televisión En hoteles mínimo de 3 estrellas, no se aceptan los denominados residencias o moteles; la distribución de las habitaciones se hará por género y una persona por cama, cumpliendo los protocolos de bioseguridad, En la fecha determinada por la liga Casanareña de Porrismo. Se tiene prevista de 1 a 27 servicios de alojamiento por noche, durante 2 noches para un total de 54 servicios, Iniciando los servicios el día 12 de noviembre y terminando el 13 de noviembre de 2021, dicha cantidad podrá variar como consecuencia del flujo de inscripción y participación en el evento. Garantizar el manejo de los protocolos de bioseguridad, el distanciamiento social y los protocolos de asepsia para evitar la propagación del virus, respecto a la emergencia sanitaria del COVID19, en los lugares donde prestará el servicio de alojamiento, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud y demás instancias del orden nacional, regional, departamental o municipal, que tengan que ver o incidan en el desarrollo del certamen Para el reconocimiento del pago del alojamiento, se hará por intermedio del conteo de firmas plasmadas en las planillas de control suministradas por Indercas y diligenciadas por el Contratista, detallando claramente la fecha de lo certificado; solo se reconocerá una firma por servicio, es decir no se contabilizarán dos o más servicios que presente una sola firma, estén tachados o ilegibles o las firmas no correspondan a titular (Una sola persona no podrá firmar por todos), para las personas que manifiesten no saber firmar se imprimirán las huellas digitales o plantares del beneficiario, en casos eventualmente excepcionales, se reconocerá los servicios por intermedio de actas debidamente motivadas, autorizadas, justificadas y firmadas por el Supervisor de Indercas y la organización o liga, Certificación de participación expedida por la organización y certificación de cumplimiento expedida por la liga | 54,00 | UN | 60.000,00 | |
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